Saber más

DEFINICIÓN ACCIDENTE

Para los efectos de este seguro se entiende por accidente, todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, causado por medios externos, que afecte el organismo del asegurado provocándole lesiones, que se manifiesten por heridas visibles o contusiones internas, incluyéndose asimismo el ahogamiento y la asfixia, torcedura y desgarramientos producidos por esfuerzos repentinos como también estados septicémicos e infecciones que sean la consecuencia de heridas externas e involuntarias y hayan penetrado por ellas al organismo o bien se hayan desarrollado por efecto de contusiones. Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía cubrirá los accidentes que afecten al asegurado que sea consecuencia directa del desempeño o práctica de los siguientes deportes:

– Atletismo
– Running
– Trekking
– Senderismo
– Futbol
– Futbolito
– Ciclismo de montaña
– Ciclismo recreacional
– Patines
– Basketball
– Volleyball
– Tennis
– Padel
– Squash
– Racquetbal

ASISTENCIA AL LESIONADO

Operación permanente de su servicio de atención telefónica y de recepción de solicitudes de asistencias. Este servicio opera las 24 horas del día, todos los días del año, incluidos los sábados, domingo y festivos. Brinda a los asegurados una rápida y apropiada atención de los servicios de asistencia que requieran en virtud de los planes contratados y detallados. En orden a facilitar la atención de los beneficiarios de los servicios de la asistencia, pondrá a disposición de sus clientes una línea de atención telefónica exclusiva con la siguiente numeración:

+56 22 820 3455

• BciSeguros cubrirá todos los gastos médicos incurridos por el asegurado a consecuencia de un accidente, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

A) Que los gastos se hayan originado por un accidente ocurrido al afiliado durante su vigencia.

B) Que, a la fecha del accidente del asegurado, este se encuentre vigente.

C) Que los gastos provengan por tratamientos realizados a consecuencia directa de las lesiones originadas por el accidente.

-LIMITES 100 UF o 50 UF  Anuales por afiliado Dependiendo del plan contratado 

CONDICIONES DE USO

El reembolso médico por accidentes se aplicará después del uso de la previsión del afiliado sea Fonasa o Isapre, hasta el 100 % de la cobertura.

– El límite de la cobertura siempre operará después de la cobertura de Isapre, Fonasa (B,C,D), SOAP, en caso de corresponder, u otros seguros complementarios de salud. En el caso que el afiliado no cuente con Sistema de salud o sea Fonasa A, la cobertura aplicará al 50%. Si el sistema de salud bonifica $0, rechaza la cirugía o tratamiento; afiliado se niega a hacer uso de su previsión, o bien no cuenta con codificación de Fonasa, la cobertura aplicará al 50%.

– Esto aplicará en cualquiera de las modalidades, ya sea Red preferente o Libre elección. En caso de que el afiliado sí cuente con sistema previsional y haga uso de éste, como se indica en el párrafo anterior, la cobertura aplicará al 100% hasta el tope de la cobertura.

-Cuando opere el sistema previsional del afiliado, la cobertura es al 100% de lo NO bonificado (sea por modalidad preferente o libre elección). Un evento se considera con continuidad de tratamiento hasta 180 días.

– El afiliado tendrá hasta 30 días para realizar la denuncia del siniestro (modalidad libre elección).

– BciSeguros realiza el reembolso en un plazo no mayor a 10 días hábiles (modalidad libre elección).

IMPORTANTE – INFORMACIÓN DEL ACCIDENTE

El asegurado tendrá 48 horas para declarar accidente por modalidad preferente. El ASEGURADO, Deberá informar a EL PROVEEDOR DE
ASISTENCIA su accidente en un plazo NO MAYOR A 48 Hrs. una vez ocurrido, de lo contrario, EL PROVEEDOR DE ASISTENCIA no se hará responsable por el evento.

COMO OPERA – PROCEDIMIENTO MODALIDAD CONVENIO CLÍNICAS

– Atención sin costo para el afiliado

– El cliente debe llamar al número (02) 2 2820 3455 para poder solicitar la atención y canalización al centro clínico más conveniente

– Asegurado es atendido por personal médico para ver la gravedad de la urgencia y darle orientación médica.
– Asegurado proporciona número de RUT para validar la vigencia del seguro
– Asegurado es canalizado a la clínica más cercana o dependiendo de la complejidad del accidente.
– Asegurado acude a la clínica y presenta su RUT
– En centros médicos que tengan operativo sistema IMED se les solicitará su huella digital para la emisión automática del bono.
– El excedente que se genera es garantizado vía convenio del seguro
En caso de no contar con sistema IMED, se les atenderá a través del convenio con Carta de Garantía, sin desembolso de dinero por parte del cliente, salvo en los casos donde la cobertura opera al 50%.

PROCEDIMIENTO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

– El Asegurado se atiende en el centro médico de su elección.
– Si el Asegurado no está afiliado a NINGUN sistema de salud o no lo usa, el reembolso será de un 50% hasta el tope de la cobertura
– El afiliado cancela el monto total de la prestación después de ISAPRE O FONASA y la diferencia si existiera se reembolsará.
– Se reembolsa las boletas del prestador médico mediante.
– La denuncia del siniestro se debe realizar por escrito en un plazo no mayor a 30 días Corrido el accidente, en caso de no presentarse en este periodo no se liquidará el mismo
– La denuncia del siniestro debe ir acompañada de la siguiente documentación:
– Solicitud de reembolso de Gastos Médicos
– Informes médicos en original, con diagnóstico y firma del médico tratante
– Boletas y bonos incurridos dentro de la urgencia
– Toda la documentación debe ser enviada a través de la plataforma

http://reembolso.geasa.cl/

y realizar todo el trámite de manera online.
– La liquidación de los siniestros es un plazo no mayor a 30 días hábiles.

Chatea con nosotros
WhatsApp
X

Completa con tus datos

Te comunicaremos con uno de nuestros asesores
web-cliente
utiliza
KUAD System
, la plataforma más innovadora de América Latina.

Aumentá las ventas de tu negocio conversando con tus clientes, en todo el mundo.
CONÓCENOS
Cerrar